¿Están exentas de IVA las clases de flamenco?

Ai Consultas
junio 9, 2025
Pregunta realizada por el asesor

¿Están exentas de IVA las clases de flamenco? ¿Cómo tributan en el IRPF?

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Exención de IVA para Clases de Flamenco

Para determinar si las clases de flamenco están exentas del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), debemos analizar la normativa vigente y las consultas vinculantes de la Dirección General de Tributos (DGT).

Normativa Aplicable

  1. Sujeción al IVA:
    • Según el artículo 4, apartado uno de la Ley 37/1992, del IVA, están sujetas al impuesto las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas por empresarios o profesionales en el desarrollo de su actividad empresarial o profesional (Identificador Consulta Vinculante: V0935-21 ).
  2. Exenciones:
    • El artículo 20.Uno.9º de la Ley 37/1992 establece que estarán exentas del IVA la educación de la infancia y de la juventud, la enseñanza escolar, universitaria y de postgraduados, la enseñanza de idiomas y la formación y reciclaje profesional, realizadas por entidades de derecho público o entidades privadas autorizadas para el ejercicio de dichas actividades (Identificador Consulta Vinculante: V0574-23 ).
    • El artículo 20.Uno.10º de la misma ley indica que estarán exentas las clases a título particular prestadas por personas físicas sobre materias incluidas en los planes de estudios de cualquiera de los niveles y grados del sistema educativo (Identificador Consulta Vinculante: V0935-21 ).

Aplicación a Clases de Flamenco

  • Condición de Entidad Autorizada:
    • Para que las clases de flamenco estén exentas del IVA bajo el artículo 20.Uno.9º, deben ser impartidas por entidades de derecho público o privadas autorizadas para el ejercicio de dichas actividades. Según la consulta vinculante V0574-23 , el flamenco está incluido en los planes de estudios del sistema educativo español, por lo que las entidades autorizadas para impartir estas clases pueden beneficiarse de la exención.
  • Clases a Título Particular:
    • Si las clases de flamenco son impartidas por una persona física a título particular, estarán exentas del IVA siempre que el flamenco esté incluido en los planes de estudios del sistema educativo español y no sea necesario darse de alta en las tarifas de actividades empresariales o artísticas del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) (Identificador Consulta Vinculante: V0935-21 ).

Tributación en el IRPF

Para la tributación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), debemos considerar si la actividad se realiza como profesional o empresarial.

Normativa Aplicable

  1. Clasificación de la Actividad:
    • Según el artículo 95 del Reglamento del IRPF, los rendimientos obtenidos por los profesores en el ejercicio de su actividad económica se consideran rendimientos de actividades profesionales si se ejercen en su domicilio, casas particulares o en academia o establecimiento abierto (Identificador Consulta Vinculante: V0574-23 ).
  2. Método de Determinación del Rendimiento Neto:
    • El método aplicable sería el de estimación directa, siendo su modalidad simplificada salvo exclusión o renuncia (Identificador Consulta Vinculante: V0574-23 ).

Aplicación a Clases de Flamenco

  • Rendimientos de Actividades Profesionales:
    • Si las clases de flamenco se imparten en el domicilio del profesor, en casas particulares o en una academia, los rendimientos obtenidos se considerarán rendimientos de actividades profesionales.
  • Estimación Directa Simplificada:
    • El rendimiento neto de la actividad se determinará mediante el método de estimación directa simplificada, salvo que se opte por otro método o se esté excluido de este régimen.

Conclusión

  • Exención de IVA:
    • Las clases de flamenco estarán exentas del IVA si son impartidas por entidades autorizadas o por personas físicas a título particular, siempre que el flamenco esté incluido en los planes de estudios del sistema educativo español.
  • Tributación en IRPF:
    • Los rendimientos obtenidos por impartir clases de flamenco se considerarán rendimientos de actividades profesionales y se determinarán mediante el método de estimación directa simplificada.

Referencias

  • Ley 37/1992, del Impuesto sobre el Valor Añadido.
  • Identificador Consulta Vinculante: V0935-21 .
  • Identificador Consulta Vinculante: V0574-23 .
  • Reglamento del IRPF, aprobado por el Real Decreto 439/2007.

Referencias

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